Plazos Comunes en Litigios Civiles de California

Una guía práctica sobre los plazos en una demanda civil en California: el estatuto de limitaciones, la notificación, los escritos procesales, el descubrimiento de pruebas y las mociones previas al juicio, además de cómo se calcula cada uno.

Ilustración de los plazos comunes en una demanda civil en California.

Si usted está iniciando o enfrentando una demanda en California, el primer plazo que debe conocer es el estatuto de limitaciones (statute of limitations): la fecha límite para presentar la demanda. Para la mayoría de las reclamaciones civiles, este plazo va de uno a cuatro años a partir de la fecha del daño, y un demandante que presenta la demanda fuera de tiempo generalmente pierde el derecho a demandar por completo.⁠1

Más allá de ese primer plazo, una demanda civil en California implica muchos otros, la mayoría medidos en días en lugar de años. No cumplir con uno puede acarrear sanciones para la parte que incumple y, en algunos casos, hacer que se pierda una reclamación o una defensa por completo, por lo que es importante saber cómo calcular correctamente cada evento del litigio civil desde el principio.

Este artículo ofrece una descripción general de los primeros pasos en una demanda civil en California. Muchos temas y excepciones no se abordan aquí,⁠2 por lo que no debe utilizarse como asesoramiento legal.

El Plazo para Presentar la Demanda (Estatuto de Limitaciones)

Un hombre presenta una demanda civil en California antes de que venza el estatuto de limitaciones.

Las demandas comienzan cuando una parte presenta una "demanda" (complaint) ante el tribunal.⁠3 Una demanda es el documento inicial presentado por la parte perjudicada.⁠4 En él se explican los hechos básicos del caso, las violaciones legales que se alegan y se solicita al tribunal un tipo específico de reparación (generalmente dinero).⁠5

La parte que presenta la demanda se llama demandante (plaintiff). La parte que es demandada generalmente se llama demandado (defendant).⁠6

Antes de presentar una demanda, es importante asegurarse de que se hace dentro del plazo. Un demandante no puede tener éxito en una demanda si no la presentó a tiempo.⁠7 La ley que establece el plazo límite para presentar una demanda se llama estatuto de limitaciones.

El estatuto de limitaciones aplicable dependerá del tipo de demanda que se presente. Los plazos más comunes se enumeran en la tabla a continuación.

Estatutos de Limitaciones Comunes
Tipo de CasoPlazo
Incumplimiento de Contrato VerbalDos años a partir de la fecha del incumplimiento del contrato.⁠8
Incumplimiento de Contrato EscritoCuatro años a partir de la fecha del incumplimiento del contrato.⁠9
Apropiación Indebida (Conversion)Tres años a partir de la fecha de la apropiación indebida.⁠10
Detención Ilegal (False Imprisonment)Un año a partir de la fecha de la detención.⁠11
Reclamaciones bajo FEHALa mayoría deben presentarse ante el Departamento de Derechos Civiles (CRD) dentro de tres años a partir de la discriminación o el acoso.⁠12
Fraude o ErrorTres años a partir de la fecha del daño.⁠13
Negligencia Legal (Legal Malpractice)Un año a partir de cuando se descubrió o razonablemente debió haberse descubierto la negligencia.⁠14
Difamación Escrita o Verbal (Libel or Slander)Un año a partir de la fecha en que se hizo la declaración difamatoria.⁠15
Negligencia Médica (Medical Malpractice)Tres años a partir de la fecha de la lesión, o un año a partir de la fecha en que se descubrió o razonablemente debió haberse descubierto la lesión.⁠16
Reclamaciones bajo PAGAUn año a partir de la fecha de la violación.⁠17
Lesiones PersonalesDos años a partir de la fecha de la lesión.⁠18
Daños a la PropiedadTres años a partir de la fecha en que se dañó la propiedad.⁠19
Sanciones EstatutariasGeneralmente un año a partir de la fecha de la violación.⁠20
Invasión de Propiedad (Trespass)Tres años a partir de la fecha en que se dañó la propiedad.⁠21
Competencia Desleal (Unfair Competition)Cuatro años a partir de la fecha en que ocurrió el daño o la conducta indebida.⁠22
Salarios No PagadosTres años a partir de la fecha en que se debían los salarios.⁠23

Por supuesto, existen muchas excepciones y advertencias a estas reglas generales. Por ejemplo, las reclamaciones contra una entidad gubernamental suelen estar sujetas a un estatuto de limitaciones diferente (y mucho más corto).⁠24

Cómo Calcular los Plazos después de Presentar una Demanda

Un empleado presenta documentos para iniciar un caso civil en California.

Los capítulos que siguen abordan los plazos que surgen después de presentar una demanda. A diferencia de los estatutos de limitaciones (statutes of limitations), que generalmente se miden en años, la mayoría de los plazos procesales posteriores a la presentación de la demanda se miden en días.

Al calcular el número de días que tiene una parte para realizar una acción, hay dos consideraciones importantes: (1) cómo define el estatuto o la regla procesal aplicable un "día", y (2) si el método de notificación afecta los plazos. Este capítulo examinará ambas cuestiones.

Cómo calcular un "día" para los plazos civiles

En su mayor parte, los días que se analizan a continuación son días calendario, no días hábiles ni días de tribunal. Existen, por supuesto, ciertas excepciones, en particular cuando se trata de responder a mociones.⁠25 En esos casos, la ley exige que el número de días se calcule con base en días de tribunal, que excluyen los fines de semana y los días feriados del tribunal del cálculo.

Al realizar cálculos de calendario (para aquellos plazos que no se basan en días de tribunal), generalmente se excluye el primer día y se incluye el último, a menos que caiga en fin de semana o día feriado.⁠26

Cuando la ley exige que un acto se realice a más tardar un número determinado de días antes de la fecha de una audiencia, el último día para realizar el acto se calcula contando hacia atrás desde la fecha de la audiencia, excluyendo el día de la audiencia.⁠27

Si el último día para responder cae en fin de semana o día feriado, el plazo generalmente vence el siguiente día de tribunal.⁠28

Impacto del método de notificación en los plazos

En muchos escritos judiciales, los plazos de una parte se verán afectados por cómo se le notificaron otros documentos. El plazo para presentar una moción de reconsideración, por ejemplo, podría extenderse si la resolución impugnada le fue notificada a la parte promovente por correo. Del mismo modo, al contestar una demanda, el plazo del demandado podría extenderse hasta 10 días si la demanda fue notificada mediante un método llamado "notificación sustituta" (substituted service).⁠29

Estas extensiones generalmente aplican si el estatuto que define el plazo establece que el tiempo comienza a correr a partir de la fecha de la "notificación" o "aviso" de un documento en particular. Sin embargo, es importante señalar que muchos estatutos o reglas procesales las excluyen expresamente.

Si la revisión de las leyes o reglas procesales aplicables indica que el método de notificación afecta el plazo de una parte para actuar, la guía general es la siguiente:

  • Notificación personal. Si un documento se entrega en mano a la parte que se notifica, el plazo para cualquier respuesta al documento no se extiende.⁠30
  • Fax y correo urgente. Si la parte fue notificada por fax, correo urgente o entrega al día siguiente, el plazo para cualquier respuesta al documento se extiende 2 días de tribunal.⁠31
  • Correo electrónico. En algunos casos, se aplicará una extensión de 2 días de tribunal a los documentos de respuesta cuando la parte sea notificada por correo electrónico.⁠32
  • Correo postal de EE. UU. Si la parte fue notificada por correo, el plazo para cualquier respuesta al documento se extiende 5 días calendario.⁠33
  • Correo interestatal. Si la parte es notificada por correo en una dirección ubicada fuera del Estado de California, el plazo para cualquier respuesta al documento se extiende 10 días calendario.⁠34
  • Correo internacional. Si la parte es notificada por correo en una dirección ubicada fuera de los Estados Unidos, el plazo para cualquier respuesta al documento se extiende 20 días calendario.⁠35

Nuevamente, es importante revisar los estatutos o reglas procesales aplicables, ya que hay muchas situaciones en las que estas extensiones no aplican.

Plazos iniciales para los demandantes en casos civiles

Un demandante civil cuenta los días para calcular un plazo en una demanda en California.

Después de presentar una demanda, el demandante tendrá una serie de responsabilidades. Lo más importante es que los demandantes deben notificar a todos los demandados nombrados y presentar una prueba de notificación ante el tribunal dentro de los 60 días siguientes a la presentación de la demanda.⁠36

Si el demandante no notifica a una parte y no ha obtenido una extensión del tribunal que le permita más tiempo para notificar a los demandados, el tribunal podría ordenarle que explique por qué no se ha realizado la notificación.⁠37

El tribunal también puede imponer sanciones al demandante.⁠38 Sin embargo, estas sanciones generalmente no incluirán el desestimamiento de la demanda si el retraso en la notificación de la citación y la demanda es menor de dos años. No obstante, existen excepciones para los demandantes que no presentan ninguna justificación.⁠39

Los demandantes también tendrán una serie de otros plazos que deberán cumplir al inicio del caso:

  • Enmiendas a la demanda: Un demandante puede enmendar la demanda una vez sin autorización del tribunal en cualquier momento antes de que el demandado presente una contestación, una excepción dilatoria (demurrer) o una moción para suprimir (motion to strike). El demandante también puede enmendar una vez después de que se haya presentado una excepción dilatoria o una moción para suprimir, pero solo si la demanda enmendada se presenta y notifica a más tardar en la fecha en que vencería la oposición a dicha excepción o moción.⁠40 Una enmienda reinicia el plazo para que el demandado responda; el tiempo para responder corre a partir de la fecha en que se notifica la demanda enmendada.
  • Notificación a nuevos demandados: Si el demandante enmienda la demanda para agregar a un nuevo demandado, debe notificar al nuevo demandado y presentar una prueba de notificación ante el tribunal dentro de los 30 días siguientes a la presentación de la demanda enmendada.⁠41
  • Registro de rebeldía (Entry of Default): Si el demandante notifica debidamente al demandado y este no contesta, no presenta una excepción dilatoria, una moción para suprimir ni responde de ninguna otra forma dentro de los 30 días (o, si se ha concedido una extensión, en la fecha en que vencía la respuesta del demandado), el demandante debe presentar una solicitud de registro de rebeldía dentro de los 10 días siguientes al vencimiento del plazo para la notificación.⁠42
  • Sentencia en rebeldía (Default Judgment): El demandante debe obtener una sentencia en rebeldía contra el demandado dentro de los 45 días siguientes al registro de rebeldía, a menos que haya obtenido una extensión de tiempo.⁠43
  • Respuesta a una contrademanda (Cross-Complaint): Si el demandado presenta y notifica una contrademanda al demandante, este tiene 30 días para presentar una respuesta, la cual puede adoptar diversas formas, entre ellas: una moción para suprimir, una excepción dilatoria o una contestación.⁠44
  • Oposición a una excepción dilatoria (Demurrer): Si el demandado presenta una excepción dilatoria, el demandante debe presentar su oposición 9 días de tribunal antes de la audiencia.⁠45
  • Oposición a una moción para anular la notificación de la demanda (Motion to Quash): Si el demandado presenta una moción para anular la notificación, el demandante debe presentar su oposición 9 días de tribunal antes de la audiencia.⁠46
  • Excepción dilatoria a la contestación: Si el demandante considera que la contestación a su demanda no expuso hechos suficientes para constituir una defensa, o si la contestación es imprecisa, el demandante puede presentar una excepción dilatoria a la contestación dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la contestación.⁠47 Esta misma regla aplica a las contestaciones a contrademandas.

Por supuesto, antes de organizar su agenda en torno a estas fechas, asegúrese de revisar todos los estatutos aplicables y las reglas locales para verificar que no exista un plazo diferente.

Plazos anticipados para los demandados en casos civiles

Un demandado civil revisa los plazos legales que aplican después de ser notificado en una demanda en California.

Al igual que el demandante, los demandados que han sido notificados con una demanda tienen varios plazos importantes desde el inicio. Lo más común es que deben presentar su respuesta a la demanda dentro de 30 días a partir de la notificación.⁠48 Esta respuesta puede adoptar diversas formas, entre ellas una o más de las siguientes: una contestación (answer), una excepción dilatoria (demurrer), una moción para tachar (motion to strike), una moción de traslado (motion to transfer) o una contrademanda (cross-complaint).

Las contestaciones son el primer documento que los demandados presentan con mayor frecuencia en un juicio. Una contestación es una respuesta escrita a la demanda. Por lo general incluye la negación de los hechos alegados en la demanda, junto con una explicación de las defensas del demandado.

Las excepciones dilatorias son otro tipo común de escrito inicial de los demandados. Una excepción dilatoria es un escrito que objeta parte o la totalidad de la demanda del demandante o de una contrademanda. Por lo general, la excepción dilatoria alega que la demanda es deficiente porque los hechos alegados no satisfacen uno o más de los elementos necesarios para ganar.

La excepción dilatoria se presenta con frecuencia junto con la contestación, pero si no es así, el demandado puede presentarla dentro de 30 días a partir de la notificación de la demanda o contrademanda.⁠49

Además de estos plazos comunes, hay otros límites que los demandados deben considerar después de ser notificados con una demanda:

  • Prórrogas para contestaciones: El demandado y el demandante pueden acordar otorgarle al demandado una prórroga de 15 días adicionales para presentar su contestación.⁠50
  • Respuesta a un Aviso y Acuse de Recibo (Notice and Acknowledgement of Receipt): Si el demandado recibió la citación y la demanda por correo junto con un Aviso y Acuse de Recibo (formulario POS-015), tiene 20 días a partir de la fecha del envío para devolverlo.⁠51
  • Contrademandas: Una contrademanda, si es necesario presentarla, debe presentarse antes o al momento de la contestación del demandado.⁠52 Una vez transcurrido ese plazo, la parte necesitará autorización del tribunal para presentar una contrademanda.
  • Notificación de la contrademanda: La contrademanda debe ir acompañada de una prueba de notificación (proof of service) al momento de presentarse.⁠53 Sin embargo, si la contrademanda incorpora nuevas partes al caso, esas partes deben ser notificadas y la prueba de notificación debe presentarse ante el tribunal dentro de 30 días a partir de la presentación de la contrademanda.⁠54
  • Moción para anular la demanda (Motion to Quash): Una moción para anular impugna una demanda por falta de jurisdicción o por ser un foro inconveniente. Si dicha moción es procedente, la parte debe presentarla a más tardar el último día de su plazo para alegar, o dentro de cualquier otro plazo que el tribunal autorice.⁠55
  • Réplica tras una moción para anular: Si el demandante presenta una oposición a la moción para anular, el demandado debe notificar y presentar su réplica 5 días hábiles antes de la audiencia.⁠56

Nuevamente, antes de organizar su agenda en torno a estas fechas, asegúrese de revisar todos los estatutos aplicables y las reglas locales para verificar que no exista un plazo diferente.

Los plazos para el descubrimiento de pruebas (discovery) en casos civiles de California

Un litigante en California traza los plazos de descubrimiento de pruebas en un caso civil.

Los plazos mencionados anteriormente son solo el comienzo del proceso de litigación. Una vez cumplidos (u omitidos) los plazos iniciales, el caso generalmente avanza hacia el descubrimiento de pruebas. El descubrimiento de pruebas (discovery) es un proceso en el que las partes intercambian evidencia.

Cuándo comienza el descubrimiento de pruebas

En general, los demandados tienen derecho a comenzar a presentar sus solicitudes de descubrimiento de pruebas en cualquier momento después de que se inicie la acción.⁠57 Sin embargo, en el caso de las deposiciones, el demandado primero debe haber sido notificado o haber comparecido en el caso antes de poder comenzar a emitir avisos de deposición.⁠58

Los demandantes pueden comenzar a notificar sus solicitudes escritas de descubrimiento de pruebas (como interrogatorios, solicitudes de admisión y solicitudes de inspección) 10 días después de haber notificado al demandado con la citación y la demanda (o después de que el demandado haya comparecido, lo que ocurra primero).⁠59

En algunas situaciones, los demandantes pueden solicitar al tribunal que les permita notificar sus solicitudes escritas de descubrimiento de pruebas antes de los 10 días posteriores a la notificación al demandado.⁠60 Y en casos de desalojo ilegal (unlawful detainer), el demandante puede comenzar a notificar solicitudes escritas de descubrimiento de pruebas tan pronto como 5 días después de que la parte haya sido notificada.⁠61

Los demandantes pueden comenzar a notificar avisos de deposición 20 días después de haber notificado al demandado con la citación y la demanda (o después de que el demandado haya comparecido, lo que ocurra primero).⁠62 Asimismo, los tribunales pueden conceder la moción de un demandante para permitir que los avisos de deposición se notifiquen en una fecha anterior.⁠63

Avisos de deposición

Las deposiciones orales deben programarse generalmente con al menos 10 días de anticipación a partir de la fecha en que el aviso de deposición es notificado al testigo que será deponido.⁠64 Esta regla se ve afectada por la forma en que se realiza la notificación. Por lo tanto, si el aviso de deposición se notifica por correo, debe programarse con al menos 15 días (10 días + 5 días) de anticipación a partir de la fecha en que el aviso se deposita en el correo.

En casos de desalojo ilegal, las deposiciones orales deben programarse con al menos 5 días de anticipación a partir de la fecha en que el aviso de deposición es notificado al testigo que será deponido. Sin embargo, la deposición no puede programarse más tarde de cinco días antes del juicio.⁠65

Si el aviso de deposición es notificado por una parte que emite una citación (subpoenaing party), y la citación de deposición (deposition subpoena) requiere que el testigo produzca registros de consumidores o de empleo, la deposición debe programarse con al menos 20 días de anticipación a partir de la fecha en que el aviso de deposición es notificado al testigo que será deponido.⁠66

Si el tribunal encuentra causa justificada, estos plazos pueden acortarse o extenderse mediante una moción o una solicitud ex parte presentada por cualquier parte o testigo. Del mismo modo, una parte o testigo puede presentar una moción o solicitud ex parte para suspender la toma de una deposición hasta que se resuelva una moción de orden de protección.⁠67

Objeciones a los avisos de deposición

Si una parte desea objetar un aviso de deposición, debe notificar una objeción escrita que especifique el error o la irregularidad con al menos días calendario de anticipación a la fecha programada para la deposición.⁠68

Si se presenta una objeción 3 días calendario antes de la fecha de la deposición, la parte que objeta debe notificar personalmente su objeción por escrito a la parte que dio aviso de la deposición.⁠69

Respuestas al Descubrimiento de Pruebas por Escrito

Si a una parte se le han notificado solicitudes de descubrimiento de pruebas por escrito (como interrogatorios, solicitudes de producción de documentos o solicitudes de admisiones), sus respuestas deben presentarse dentro de 30 días a partir de la fecha de notificación.⁠70 Sus respuestas deben notificarse a todas las demás partes que hayan comparecido en el proceso, a menos que el tribunal las exima de esta obligación.⁠71

En casos de desalojo ilegal (unlawful detainer), este plazo es de solo 5 días a partir de la fecha de notificación.⁠72

Es común que las partes acuerden entre sí ampliar los plazos para las respuestas. Además, las partes pueden presentar una moción o una solicitud ex parte pidiendo al tribunal que acorte o amplíe estos plazos.

Moción para Obligar la Entrega de Pruebas (Motion to Compel)

Cuando una parte recibe respuestas a solicitudes de descubrimiento de pruebas por escrito que considera legalmente insuficientes, puede presentar una moción para obligar la entrega de dicho descubrimiento. La moción debe presentarse dentro de 45 días a partir de la notificación de las respuestas verificadas o de cualquier respuesta verificada complementaria.⁠73

Las partes pueden acordar ampliar este plazo para darle a la parte que responde más tiempo para complementar sus respuestas, sin obligar a la parte que solicita el descubrimiento a presentar una moción para obligar la entrega.⁠74

Fecha Límite del Descubrimiento de Pruebas (Discovery Cutoff)

El descubrimiento de pruebas concluye 30 días antes del juicio.⁠75 Un aplazamiento o postergación de la fecha del juicio generalmente no sirve para reabrir el proceso de descubrimiento de pruebas una vez que este ha concluido.⁠76 Sin embargo, una parte puede presentar una moción ante el tribunal solicitando autorización para completar el descubrimiento.⁠77

En términos prácticos, esto significa que el último día para notificar el descubrimiento es 65 días antes del juicio (si usted notifica la solicitud de descubrimiento por correo postal de EE. UU.).⁠78

Sin embargo, generalmente es buena idea notificar la ronda final de descubrimiento con anticipación a esta fecha, porque todas las mociones de descubrimiento deben ser escuchadas 15 días antes de la fecha fijada para el juicio.⁠79 Por lo tanto, si es posible que se necesite una moción para obligar la entrega de pruebas en la ronda final de descubrimiento, dicha moción deberá presentarse y notificarse al menos 16 días hábiles antes del día 15 previo al juicio (más 5 días si los documentos de la moción se notifican por correo).⁠80

También podría necesitarse tiempo adicional si la parte que responde notifica sus respuestas finales de descubrimiento por correo, en cuyo caso el último día práctico para notificar el descubrimiento sería aproximadamente 82 días antes de la fecha fijada para el juicio. Esto, por supuesto, supone que la parte que solicita el descubrimiento pudiera obtener una fecha de audiencia con tan poco tiempo de anticipación.

Otros Plazos Comunes a Ambas Partes

Un abogado de California explica los plazos que aplican en un caso civil.

Moción para Sentencia sobre los Alegatos (Motion for Judgment on the Pleadings)

Una moción para sentencia sobre los alegatos debe presentarse a más tardar 16 días hábiles antes de la audiencia.⁠81 Este plazo puede ampliarse según el método de notificación utilizado.⁠82

La oposición a la moción debe presentarse días hábiles antes de la audiencia, y la réplica a la oposición debe presentarse al menos días hábiles antes de la audiencia.⁠83

Plazos de Administración del Caso (Case Management Deadlines)

Una conferencia de administración del caso (case management conference) es una audiencia fijada por el tribunal poco después de presentarse la demanda. El propósito de la audiencia es que las partes y el juez discutan los asuntos en disputa y los temas de programación del caso. Generalmente se programa para varios meses después de la presentación de la demanda.

Las partes tienen la obligación de reunirse y consultar entre sí a más tardar 30 días antes de la fecha fijada para la conferencia inicial de administración del caso. Esto puede ocurrir en persona o por teléfono.⁠84

Cada parte debe presentar una declaración de administración del caso (formulario CM-110) a más tardar 15 días antes de la fecha fijada para la conferencia de administración del caso.⁠85

Si alguna de las partes desea preservar su derecho a un juicio con jurado, debe pagar una cuota no reembolsable de $150 a más tardar en la fecha programada para la conferencia de administración del caso. Si otra parte del mismo lado del litigio ya pagó esta cuota, las demás partes no necesitan volver a realizar este pago.⁠86 En casos de desalojo ilegal (unlawful detainer), la cuota debe pagarse al menos 5 días antes del juicio.⁠87

Si por alguna razón no se programa ninguna conferencia de administración del caso, la cuota de $150 para el jurado debe pagarse a más tardar 365 días después de la presentación de la demanda inicial.⁠88

En el caso poco frecuente de que la parte que solicita el jurado no haya comparecido antes de la conferencia inicial de administración del caso, o haya comparecido por primera vez más de 365 días después de la presentación de la demanda inicial, la cuota de $150 para el jurado debe pagarse al menos 25 días antes de la fecha fijada inicialmente para el juicio.⁠89

Mociones con Aviso Previo (Noticed Motions)

Las mociones con aviso previo generalmente deben notificarse y presentarse al menos 16 días hábiles antes de la audiencia.⁠90 Sin embargo, el aviso de la moción debe entregarse incluso antes de este plazo, de acuerdo con el siguiente calendario:

  • Dos días calendario antes del plazo si el aviso se notifica por fax, correo urgente u otro método de entrega que garantice la entrega al día siguiente.
  • Cinco días calendario antes del plazo si el aviso se envía por correo desde dentro de California y las direcciones de notificación de las partes avisadas también están dentro de California.
  • 10 días calendario si el lugar de envío por correo o las direcciones de notificación de las partes avisadas están fuera del Estado de California pero dentro de los Estados Unidos.
  • 20 días calendario si el lugar de envío por correo o las direcciones de notificación de las partes avisadas están fuera de los Estados Unidos.⁠91

La ley no define específicamente qué forma debe tomar este aviso. Sin embargo, las partes que presentan mociones harían bien en tratar su obligación de proporcionar "aviso" como equivalente a su obligación de notificar "todos los documentos de la moción y los documentos de apoyo". Pueden actuar con cautela presentando y notificando su aviso de la moción, su aviso de la audiencia (si corresponde), los documentos de la moción y todos los documentos de apoyo en el plazo más temprano que sea argumentable.

Cualquier oposición a la moción debe notificarse y presentarse al menos días hábiles del tribunal antes de la audiencia.⁠93 A diferencia de los documentos de la moción, este plazo no se ve afectado por la forma de notificación, pero deben notificarse mediante entrega personal, fax, correo urgente u otros medios razonablemente calculados para garantizar la entrega a las demás partes a más tardar al cierre del siguiente día hábil.⁠94

Si la parte que presenta la moción desea presentar una réplica a la oposición, esta debe notificarse y presentarse al menos días hábiles del tribunal antes de la audiencia.⁠95 Nuevamente, este plazo no se ve afectado por la forma de notificación, pero debe notificarse mediante entrega personal, fax, correo urgente u otros medios razonablemente calculados para garantizar la entrega a las demás partes a más tardar al cierre del siguiente día hábil.⁠96

Solicitudes Ex Parte

Una solicitud ex parte es una petición de una parte que involucra un asunto que requiere atención urgente del tribunal. En general, la parte que solicita una audiencia ex parte debe notificar a todas las partes a más tardar a las 10:00 a.m. del día hábil del tribunal anterior a su comparecencia ex parte. Sin embargo, el tribunal puede permitir un plazo más corto si la parte puede demostrar circunstancias excepcionales que justifiquen un período de aviso más breve.⁠97

En casos de desalojo (unlawful detainer), una parte que solicita una orden ex parte puede dar un aviso más breve que en otros casos, siempre que el aviso dado sea razonable.⁠98

El aviso ex parte debe:

  • Indicar con especificidad la naturaleza del remedio solicitado y la fecha, hora y lugar de la presentación de la solicitud; y
  • Intentar determinar si la parte contraria comparecerá para oponerse a la solicitud.⁠99

Los documentos ex parte presentados ante el tribunal deben incluir:

  • Una solicitud que contenga el encabezado del caso, el remedio solicitado, una declaración de solicitudes previamente denegadas, y el nombre, dirección, correo electrónico y número de teléfono de cualquier abogado o parte no representada;⁠100
  • Una declaración en apoyo de la solicitud, basada en conocimiento personal, de que se necesita el remedio ex parte para prevenir un daño irreparable, peligro inmediato u otra base legal para otorgar el remedio ex parte;⁠101
  • Una declaración basada en conocimiento personal del aviso dado;⁠102
  • Un memorándum; y
  • Una orden propuesta.⁠103

Estos documentos deben notificarse a la parte contraria en la primera oportunidad razonable.⁠104

Responder a una Orden de Mostrar Causa (OSC)

Si cualquiera de las partes recibe una orden de mostrar causa del tribunal, debe presentar sus documentos de respuesta al menos días calendario antes de la audiencia, a menos que el tribunal ordene lo contrario.⁠105

Mociones de Sentencia Sumaria (Motions for Summary Judgment)

Una parte puede notificar y presentar una moción de sentencia sumaria tan pronto como 60 días después de la comparecencia general de cada parte contra quien se dirige la moción, pero no más tarde de 81 días antes de la fecha de la audiencia.⁠106 Este plazo se ve afectado por la forma de notificación. Por lo tanto, la moción deberá notificarse y presentarse al menos 86 días antes de la audiencia si se notifica por correo a una parte ubicada dentro del Estado de California.⁠107

Una moción de sentencia sumaria debe escucharse al menos 30 días antes de la fecha fijada para el juicio, a menos que el tribunal ordene lo contrario por causa justificada.⁠108 Esto significa que el plazo práctico para notificar y presentar una moción de sentencia sumaria es de 111 días antes de la fecha fijada para el juicio (o más, dependiendo de la forma de notificación).

Cualquier oposición a la moción de sentencia sumaria debe notificarse y presentarse al menos 20 días antes de la fecha de la audiencia.⁠109 A diferencia de los documentos de la moción, este plazo no se ve afectado por la forma de notificación, pero la oposición debe notificarse mediante entrega personal, fax, correo urgente u otros medios razonablemente calculados para garantizar la entrega a las demás partes a más tardar al cierre del siguiente día hábil.⁠110

Cualquier réplica a la oposición debe notificarse y presentarse al menos 11 días antes de la fecha de la audiencia.⁠111 Nuevamente, este plazo no se ve afectado por la forma de notificación, pero la réplica debe notificarse mediante entrega personal, fax, correo urgente u otros medios razonablemente calculados para garantizar la entrega a las demás partes a más tardar al cierre del siguiente día hábil.⁠112

Referencias

  1. Code Civ. Proc., § 312. El plazo depende del tipo de reclamación; los períodos más comunes aparecen en la tabla a continuación.
  2. Como citaciones judiciales (subpoenas), descubrimiento de prueba pericial, plazos en casos civiles de cuantía limitada, plazos en arbitraje, tipos específicos de mociones, reglas aplicables a tipos específicos de casos, reglas locales, procedimientos especiales y otros asuntos.
  3. Code Civ. Proc., § 411.10 ["A civil action is commenced by filing a complaint with the court."].
  4. Kurata v. Los Angeles News Publishing Co. (1935) 4 Cal.App.2d 224, 227 ["We hold that a lawsuit from beginning to end is in the nature of a judicial proceeding, the filing of a complaint being the first step therein, and that the subsequent pleadings are successive steps therein."].
  5. Code Civ. Proc., § 425.10.
  6. Code Civ. Proc., § 308 ["In such action the party complaining is known as the plaintiff, and the adverse party as the defendant."].
  7. Code Civ. Proc., § 312 ["Civil actions, without exception, can only be commenced within the periods prescribed in this title, after the cause of action shall have accrued, unless where, in special cases, a different limitation is prescribed by statute."].
  8. Code Civ. Proc., § 339.
  9. Code Civ. Proc., § 337.
  10. Code Civ. Proc., § 338.
  11. Code Civ. Proc., § 340.
  12. Gov. Code, § 12960, subd. (e)(5).
  13. Code Civ. Proc., § 338, subd. (d).
  14. Code Civ. Proc., § 340.6.
  15. Code Civ. Proc., § 340; Wiener v. Superior Court (1976) 58 Cal.App.3d 525, 529 ["The one year period runs from the utterance or publication of the defamatory matter."].
  16. Code Civ. Proc., § 340.5.
  17. Code Civ. Proc., § 340, subd. (a); Amaral v. Cintas Corp. No. 2 (2008) 163 Cal.App.4th 1157, 1199; see Labor Code, §§ 2698⁠–⁠2699.5. El plazo de un año se suspende (tolled) mientras transcurre el aviso escrito de PAGA a la LWDA y el período de agotamiento. (Lab. Code, § 2699.3, subds. (a), (e).) Conforme a las enmiendas de 2024, un demandante tiene legitimación activa únicamente respecto de las violaciones al Labor Code que sufrió personalmente dentro de ese período de un año. (Lab. Code, § 2699, subd. (c).)
  18. Code Civ. Proc., § 335.1.
  19. Code Civ. Proc., § 338.
  20. See Code Civ. Proc., § 340, subd. (a) [statute of limitations: "Within one year: (a) An action upon a statute for a penalty or forfeiture, if the action is given to an individual, or to an individual and the state, except if the statute imposing it prescribes a different limitation."].
  21. Code Civ. Proc., § 338, subd. (b).
  22. Bus. & Prof. Code, § 17208 ["Any action to enforce any cause of action pursuant to this chapter shall be commenced within four years after the cause of action accrued. No cause of action barred under existing law on the effective date of this section shall be revived by its enactment."].
  23. Code Civ. Proc., § 338, subd. (a); Aubry v. Goldhor (1988) 201 Cal.App.3d 399, 404 ["[A]n employer's obligation to pay overtime compensation to his employee would not exist but for the Labor Code. An action to enforce that obligation therefore is governed by the three-year statute of limitations . . . ."].
  24. See, e.g., Gov. Code, § 911.2.
  25. See, e.g., Code Civ. Proc., § 1005, subd. (b).
  26. Code Civ. Proc., § 12 ["The time in which any act provided by law is to be done is computed by excluding the first day, and including the last, unless the last day is a holiday, and then it is also excluded."].
  27. Code Civ. Proc., § 12c, subd. (a) ["Where any law requires an act to be performed no later than a specified number of days before a hearing date, the last day to perform that act shall be determined by counting backward from the hearing date, excluding the day of the hearing as provided by Section 12."].
  28. Code Civ. Proc., § 12a, subd. (a) ["If the last day for the performance of any act provided or required by law to be performed within a specified period of time is a holiday, then that period is hereby extended to and including the next day that is not a holiday. For purposes of this section, "holiday" means all day on Saturdays, all holidays specified in Section 135 and, to the extent provided in Section 12b, all days that by terms of Section 12b are required to be considered as holidays."].
  29. Code Civ. Proc., § 415.20.
  30. Code Civ. Proc., § 1011.
  31. Code Civ. Proc., § 1013, subds. (c), (e).
  32. See Code Civ. Proc., § 1010.6.
  33. Code Civ. Proc., § 1013, subd. (a).
  34. Code Civ. Proc., § 1013, subd. (a).
  35. Code Civ. Proc., § 1013, subd. (a).
  36. Cal. Rules of Court, rule 3.110, subd. (b) ["La demanda debe notificarse a todos los demandados nombrados y las pruebas de notificación respecto de dichos demandados deben presentarse ante el tribunal dentro de los 60 días siguientes a la presentación de la demanda."].
  37. Cal. Rules of Court, rule 3.110, subd. (f) ["Si una parte no notifica y presenta los escritos procesales conforme a lo exigido por esta regla y no ha obtenido una orden que amplíe el plazo para notificarlos, el tribunal puede emitir una orden para que se explique por qué no deben imponerse sanciones."].
  38. Cal. Rules of Court, rule 3.110, subd. (f).
  39. Code Civ. Proc., §§ 583.130, 583.410; Hawks v. Hawks (2006) 141 Cal.App.4th 1435, 1437 ["[U]n retraso de menos de dos años en la notificación de la citación y la demanda no constituye motivo de desestimación conforme a la única disposición invocada por el tribunal de primera instancia."].
  40. Code Civ. Proc., § 472, subd. (a).
  41. Cal. Rules of Court, rule 3.110, subd. (b) ["Cuando la demanda se enmienda para agregar a un demandado, el demandado agregado debe ser notificado y la prueba de notificación debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a la presentación de la demanda enmendada."].
  42. Cal. Rules of Court, rule 3.110, subd. (g) ["Si no se notifica un escrito de contestación dentro de los plazos establecidos en esta regla y no se ha concedido ninguna prórroga, el demandante debe presentar una solicitud de anotación de rebeldía dentro de los 10 días siguientes al vencimiento del plazo para la notificación."].
  43. Cal. Rules of Court, rule 3.110, subd. (h) ["Cuando se anota una rebeldía, la parte que solicitó dicha anotación debe obtener una sentencia en rebeldía contra la parte declarada en rebeldía dentro de los 45 días siguientes a la anotación de la rebeldía, salvo que el tribunal haya concedido una prórroga."].
  44. Code Civ. Proc., § 432.10 ["Una parte notificada de una contrademanda puede, dentro de los 30 días siguientes a la notificación, presentar una moción, una excepción dilatoria o cualquier otro escrito en respuesta a la contrademanda, de la misma manera que lo haría frente a una demanda original."].
  45. Code Civ. Proc., § 1005 ["Todos los escritos en oposición a una moción así notificada deben presentarse ante el tribunal y una copia debe notificarse a cada parte con al menos nueve días hábiles judiciales de anticipación a la audiencia, y todos los escritos de réplica con al menos cinco días hábiles judiciales de anticipación a la audiencia."].
  46. Code Civ. Proc., § 1005.
  47. Code Civ. Proc., §§ 430.20, 430.40, subd. (b).
  48. Code Civ. Proc., § 412.20, subd. (a)(3) ["Salvo que la ley disponga otra cosa, una citación debe dirigirse al demandado, estar firmada por el secretario del tribunal y emitirse bajo el sello del tribunal en el que se tramita la acción, y debe contener: . . . Una instrucción al demandado para que presente ante el tribunal un escrito de contestación en respuesta a la demanda dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la citación."].
  49. Code Civ. Proc., § 430.40, subd. (a).
  50. Cal. Rules of Court, rule 3.110, subd. (d).
  51. Code Civ. Proc., § 415.30, subd. (b).
  52. Code Civ. Proc., §§ 412.20, 428.50.
  53. Cal. Rules of Court, rule 3.110, subd. (c).
  54. Cal. Rules of Court, rule 3.110, subd. (c).
  55. Code Civ. Proc., § 418.10.
  56. Code Civ. Proc., § 1005, subd. (b).
  57. Code Civ. Proc., §§ 2030.020, subd. (a) ["Un demandado puede formular interrogatorios a una parte en la acción sin autorización del tribunal en cualquier momento."], 2031.020, subd. (a) ["Un demandado puede presentar una solicitud de inspección, copia, prueba o muestreo sin autorización del tribunal en cualquier momento."], 2033.020, subd. (a) ["Un demandado puede presentar solicitudes de admisión a una parte sin autorización del tribunal en cualquier momento."].
  58. Code Civ. Proc., § 2025.210, subd. (a) ["El demandado puede notificar un aviso de deposición sin autorización del tribunal en cualquier momento después de que dicho demandado haya sido notificado o haya comparecido en la acción, lo que ocurra primero."].
  59. Code Civ. Proc., §§ 2030.020, subd. (b) ["Un demandante puede formular interrogatorios a una parte sin autorización del tribunal en cualquier momento que sea 10 días después de la notificación de la citación a dicha parte o de su comparecencia, lo que ocurra primero."], 2031.020, subd. (b) ["Un demandante puede presentar una solicitud de inspección, copia, prueba o muestreo sin autorización del tribunal en cualquier momento que sea 10 días después de la notificación de la citación a la parte a quien se dirige la solicitud o de su comparecencia, lo que ocurra primero."], 2033.020, subd. (b) ["Un demandante puede presentar solicitudes de admisión a una parte sin autorización del tribunal en cualquier momento que sea 10 días después de la notificación de la citación a dicha parte o de su comparecencia, lo que ocurra primero."].
  60. Code Civ. Proc., §§ 2030.020, subd. (d), 2031.020, subd. (d), 2033.020, subd. (d).
  61. Code Civ. Proc., § 2030.020, subd. (c).
  62. Code Civ. Proc., § 2025.210, subd. (b) ["El demandante puede notificar un aviso de deposición sin autorización del tribunal en cualquier fecha que sea 20 días después de la notificación de la citación a cualquier demandado o de su comparecencia."].
  63. Code Civ. Proc., § 2025.210, subd. (b) ["Mediante moción con o sin aviso, el tribunal, por causa justificada, puede autorizar al demandante a notificar un aviso de deposición en una fecha anterior."].
  64. Code Civ. Proc., § 2025.270, subd. (a) ["Una deposición oral debe programarse para una fecha con al menos 10 días de anticipación a la notificación del aviso de deposición."].
  65. Code Civ. Proc., § 2025.270, subd. (b) ["No obstante lo dispuesto en la subdivisión (a), en una acción de desalojo ilegal u otro procedimiento conforme al Capítulo 4 (que comienza con la Sección 1159) del Título 3 de la Parte 3, una deposición oral debe programarse para una fecha con al menos cinco días de anticipación a la notificación del aviso de deposición, pero no más tarde de cinco días antes del juicio."].
  66. Code Civ. Proc., § 2025.270, subd. (c) ["Notwithstanding subdivisions (a) and (b), if, as defined in Section 1985.3 or 1985.6, the party giving notice of the deposition is a subpoenaing party, and the deponent is a witness commanded by a deposition subpoena to produce personal records of a consumer or employment records of an employee, the deposition shall be scheduled for a date at least 20 days after issuance of that subpoena."].
  67. Code Civ. Proc., § 2025.270, subd. (d) ["On motion or ex parte application of any party or deponent, for good cause shown, the court may shorten or extend the time for scheduling a deposition, or may stay its taking until the determination of a motion for a protective order under Section 2025.420."].
  68. Code Civ. Proc., § 2025.410, subd. (a).
  69. Code Civ. Proc., § 2025.410, subd. (b).
  70. Code Civ. Proc., §§ 2030.260, subd. (a) [interrogatorios], 2031.030, subd. (c) [solicitudes de producción e inspección], 2031.260, subd. (a) [solicitudes de producción e inspección], 2033.250, subd. (a) [solicitudes de admisión].
  71. Code Civ. Proc., §§ 2030.260, subd. (c) [interrogatorios], 2031.260, subd. (a) [solicitudes de producción e inspección], 2033.250, subd. (a) [solicitudes de admisión].
  72. Code Civ. Proc., §§ 2030.260, subd. (b) [interrogatorios], 2031.030, subd. (c) [solicitudes de producción e inspección], 2031.260, subd. (b) [solicitudes de producción e inspección], 2033.250, subd. (b) [solicitudes de admisión].
  73. Code Civ. Proc., §§ 2030.300 [orden de responder interrogatorios], 2031.310 [orden de cumplir solicitudes de inspección o producción], 2033.290 [orden de responder solicitudes de admisión].
  74. Code Civ. Proc., §§ 2030.300 [interrogatorios], 2031.310 [solicitudes de inspección o producción], 2033.290 [solicitudes de admisión].
  75. Code Civ. Proc., § 2024.020, subd. (a) ["Except as otherwise provided in this chapter, any party shall be entitled as a matter of right to complete discovery proceedings on or before the 30th day, and to have motions concerning discovery heard on or before the 15th day, before the date initially set for the trial of the action."].
  76. Code Civ. Proc., § 2024.020, subd. (b) ["Except as provided in Section 2024.050, a continuance or postponement of the trial date does not operate to reopen discovery proceedings."].
  77. Code Civ. Proc., § 2024.050, subd. (a) ["On motion of any party, the court may grant leave to complete discovery proceedings, or to have a motion concerning discovery heard, closer to the initial trial date, or to reopen discovery after a new trial date has been set. This motion shall be accompanied by a meet and confer declaration under Section 2016.040."].
  78. Code Civ. Proc., §§ 1013, 2024.020, subd. (a).
  79. Code Civ. Proc., § 2024.020, subd. (a).
  80. Code Civ. Proc., §§ 1005, 2024.020, subd. (a).
  81. Code Civ. Proc., § 1005, subd. (b).
  82. Code Civ. Proc., § 1005, subd. (b).
  83. Code Civ. Proc., § 1005, subd. (b).
  84. Cal. Rules of Court, rule 3.724 ["Unless the court orders another time period, no later than 30 calendar days before the date set for the initial case management conference, the parties must meet and confer, in person or by telephone, to consider each of the issues identified in rule 3.727 and, in addition, to consider the following: . . . ."].
  85. Cal. Rules of Court, rule 3.725.
  86. Code Civ. Proc., § 631, subd. (b).
  87. Code Civ. Proc., § 631, subd. (c)(1) ["In unlawful detainer actions, the fees shall be due at least five days before the date set for trial."].
  88. Code Civ. Proc., § 631, subd. (c)(2) ["If no case management conference is scheduled in a civil action, or the initial case management conference occurred before June 28, 2012, and the initial complaint was filed on or after July 1, 2011, the fee shall be due no later than 365 calendar days after the filing of the initial complaint."].
  89. Code Civ. Proc., § 631, subd. (c)(4) ["If the party requesting a jury has not appeared before the initial case management conference, or first appeared more than 365 calendar days after the filing of the initial complaint, the fee shall be due at least 25 calendar days before the date initially set for trial."].
  90. Code Civ. Proc., § 1005, subd. (b) ["Unless otherwise ordered or specifically provided by law, all moving and supporting papers shall be served and filed at least 16 court days before the hearing."].
  91. Code Civ. Proc., § 1005, subd. (b).
  92. Agradecemos al abogado Ronald M. Toran por haber identificado un error en una versión anterior de este artículo que describía incorrectamente la distinción aquí señalada.
  93. Code Civ. Proc., § 1005, subd. (b) ["All papers opposing a motion so noticed shall be filed with the court and a copy served on each party at least nine court days, and all reply papers at least five court days before the hearing."].
  94. Code Civ. Proc., §§ 1005, subd. (b) ["Section 1013, which extends the time within which a right may be exercised or an act may be done, does not apply to a notice of motion, papers opposing a motion, or reply papers governed by this section."], subd. (c) ["Notwithstanding any other provision of this section, all papers opposing a motion and all reply papers shall be served by personal delivery, facsimile transmission, express mail, or other means consistent with Sections 1010, 1011, 1012, and 1013, and reasonably calculated to ensure delivery to the other party or parties not later than the close of the next business day after the time the opposing papers or reply papers, as applicable, are filed. This subdivision applies to the service of opposition and reply papers regarding motions for summary judgment or summary adjudication, in addition to the motions listed in subdivision (a)."].
  95. Code Civ. Proc., §§ 1005, subds. (b), (c).
  96. Code Civ. Proc., §§ 1005, subds. (b), (c).
  97. Cal. Rules of Court, rule 3.1203, subd. (a) ["La parte que solicita una orden ex parte debe notificar a todas las partes a más tardar a las 10:00 a.m. del día hábil del tribunal anterior a la comparecencia ex parte, salvo que se demuestre la existencia de circunstancias excepcionales que justifiquen un plazo de notificación más corto."].
  98. Cal. Rules of Court, rule 3.1203, subd. (b) ["La parte que solicita una orden ex parte en un procedimiento de desalojo por ocupación ilegal (unlawful detainer) puede dar un aviso más corto que el requerido en el inciso (a), siempre que el aviso dado sea razonable."].
  99. Cal. Rules of Court, rule 3.1204, subd. (a).
  100. Cal. Rules of Court, rule 3.1202, subds. (a) ["Una solicitud ex parte debe indicar el nombre, domicilio, correo electrónico y número de teléfono de cualquier abogado que el solicitante sepa que representa a alguna de las partes o, si no se conoce a ningún abogado, el nombre, domicilio, correo electrónico y número de teléfono de la parte, si el solicitante los conoce."], (b) ["Si una solicitud ex parte ha sido denegada total o parcialmente, cualquier solicitud posterior del mismo carácter o para la misma medida, aunque se base en una supuesta situación de hechos diferente, debe incluir una divulgación completa de todas las solicitudes anteriores y de las resoluciones del tribunal."].
  101. Cal. Rules of Court, rule 3.1202, subd. (c) ["El solicitante debe presentar una demostración afirmativa de hechos en una declaración que contenga testimonio competente basado en conocimiento personal sobre el daño irreparable, el peligro inmediato o cualquier otro fundamento legal para otorgar la medida ex parte."].
  102. Véase Cal. Rules of Court, rule 3.1204, subds. (b), (c).
  103. Cal. Rules of Court, rule 3.1201.
  104. Cal. Rules of Court, rule 3.1206 ["Las partes que comparezcan en la audiencia ex parte deben notificar la solicitud ex parte o cualquier oposición escrita a todas las demás partes comparecientes en la primera oportunidad razonable. Salvo circunstancias excepcionales, no podrá celebrarse ninguna audiencia a menos que dicha notificación haya sido efectuada."].
  105. Cal. Rules of Court, rule 3.110, subd. (i) ["Los escritos de respuesta a una orden de mostrar causa emitida conforme a esta regla deben presentarse y notificarse al menos 5 días calendario antes de la audiencia."].
  106. Code Civ. Proc., § 437c, subd. (a).
  107. Code Civ. Proc., § 437c, subd. (a).
  108. Code Civ. Proc., § 437c, subd. (a)(3).
  109. Code Civ. Proc., § 437c, subd. (b)(2).
  110. Code Civ. Proc., §§ 437c, subd. (b)(6), 1005, subd. (c).
  111. Code Civ. Proc., § 437c, subd. (b)(4).
  112. Code Civ. Proc., §§ 437c, subd. (b)(6), 1005, subd. (c).